Costa RicaNotas GlobalesWalmart es multado por falta de información y publicidad engañosa

El caso de las pantallas planas con precio de ¢17. 800 que se ofrecieron en diciembre pasado en el Walmart de San Sebastián, terminó con la decisión de la Comisión Nacional del Consumidor y la Dirección de Apoyo al Consumidor del Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) de multar al supermercado por falta de información y publicidad engañosa. Ahora la empresa deberá pagar una multa cuatro millones trescientos noventa y cinco mil colones (¢4...
Yajaira Chung11 años ago31264 min

El caso de las pantallas planas con precio de ¢17. 800 que se ofrecieron en diciembre pasado en el Walmart de San Sebastián, terminó con la decisión de la Comisión Nacional del Consumidor y la Dirección de Apoyo al Consumidor del Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) de multar al supermercado por falta de información y publicidad engañosa.

Ahora la empresa deberá pagar una multa cuatro millones trescientos noventa y cinco mil colones (¢4 395 000,00), monto que es depositado a favor de la Caja Única del Estado y deberá en futuras publicaciones, adecuar toda publicidad atinente a lo dispuesto en la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa del Consumidor y a su reglamento.

En su voto de mayoría la Comisión determinó que quienes acudieron al establecimiento, desconocían los precios de las ofertas, dado que la publicidad del treinta de noviembre de dos mil doce no indicaba esta información.

Esta publicación solamente hacía referencia a la actividad como tal, denominada “El día más barato del año”, sin que se apreciara en ella cuáles artículos integraban la oferta, por considerarse omisas en elementos esenciales que debe reunir toda oferta, y al efecto estimó “(…) Es evidente que, a la luz del texto citado, la publicidad en discusión deviene engañosa en el tanto carece de datos relevantes, que permitan al consumidor apreciar con objetivo discernimiento cuál es la ventaja de adquirir los artículos ofrecidos al precio consignado en ella. No se le establece parámetro alguno de referencia con el cual determinar que, en efecto, se trata del “día más barato del año” para comprar, lo que contraviene, de modo conexo, el principio de suficiencia en la información (…)”.

Asimismo, estimó que en cuanto a la rotulación presentaba la misma omisión de información para cada producto ofertado, por no permitía la identificación del artículo al cual correspondía cada precio en el cartel que estaba en las tarimas.

Sin embargo, la CNC estimó que a pesar de que se dio un trato desigual a los consumidores, en cuanto al precio del producto, medió una justa causa para no seguir vendiendo las pantallas RCA de 32 pulgadas a ¢17 800,00. Considerando además, que se trataba de un precio irrisorio, desproporcionado e irracional, muy por debajo del de mercado para este tipo de artículos o similares, aunado al hecho que no se pudo probar que las pantallas estuvieren ofrecidas a ese precio.

 

Yajaira Chung

Periodista, MBA. Directora de Grandes Empresas y Revista EKA


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