Costa RicaNoticias15 de enero vence plazo para presentar declaración del Impuesto Solidario para el Fortalecimiento de Programas de Vivienda

Todos los propietarios o titulares de derechos de bienes inmuebles de uso habitacional, cuyo valor fiscal sea mayor a ¢128 millones, deben presentar la declaración antes del 15 de enero y pagar sin recargo el Impuesto Solidario para el Fortalecimiento de Programas de Vivienda. “El precio de una vivienda se determina con la actualización del valor fiscal de la casa mediante la declaración del Impuesto de Bienes e Inmuebles que se realiza en la Municipalidad local...
Yajaira Chung9 años ago22174 min

Todos los propietarios o titulares de derechos de bienes inmuebles de uso habitacional, cuyo valor fiscal sea mayor a ¢128 millones, deben presentar la declaración antes del 15 de enero y pagar sin recargo el Impuesto Solidario para el Fortalecimiento de Programas de Vivienda.

“El precio de una vivienda se determina con la actualización del valor fiscal de la casa mediante la declaración del Impuesto de Bienes e Inmuebles que se realiza en la Municipalidad local de la residencia. Este trámite se actualiza cada cinco años o cuando se gestiona un crédito hipotecario. Si el valor supera los ¢128 millones, tiene que pagar el Impuesto Solidario para el Fortalecimiento de Programas de Vivienda”, explicó el Presidente del Colegio de Contadores Públicos, Guillermo Smith.

Es importante tomar en cuenta que además de tener a mano el valor de la construcción principal debe conocer el valor de las “extras”, por ejemplo, si la casa está en un condominio que tiene un rancho, una piscina, muros o canchas deportivas, debe agregar el valor de esas “extras”. La suma de todos estos valores proporcionan el valor total de la casa habitacional.

Multas 

Las personas que no declaren el valor de su propiedad se exponen a multas que van del 50, 100 o 150% sobre el impuesto del valor de la propiedad.

“Por ejemplo, si yo tengo una propiedad de 300 metros cuadrados, cuya construcción está valorada en ¢134.478.000 a cuatro años de construida, el impuesto solidario que tengo que pagar es de ¢336.195. Pero, si no realizo la declaración del valor fiscal de la propiedad la multa podría ser del 50% del impuesto a pagar, es decir,¢336.195 más ¢168.097 para un total de ¢504.292”, detalló.

No obstante, Smith agregó que si un propietario ya presentó la declaración en otros años y no la realiza en este 2015, automáticamente Tributación Directa puede realizar la liquidación del impuesto y el propietario sólo tendría que consultar el monto a pagar, sin tener que realizar la declaración.

El Impuesto Solidario para el Fortalecimiento de Programas de Vivienda fue creado con el objetivo de financiar vivienda digna a la población en pobreza extrema y se puede cancelar en los bancos que brindan el servicio de conectividad o directamente en las ventanillas de pago de Tributación Directa, con solo indicar el número de cédula.

 

Yajaira Chung

Periodista, MBA. Directora de Grandes Empresas y Revista EKA

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