Costa RicaNotas GlobalesNoticas DestacadasJuzgado condena a banco Citi por acoso telefónico

La nacion. Una resolución del Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía condenó al banco Citi por acoso telefónico al ofrecer insistentemente tarjetas y otros servicios a un cliente, informó esta mañana el abogado Alberto Castillo. El caso cuya resolución se comunicó ayer fue presentado en octubre del 2009 por Juan Sebastián Elizondo Morales contra Citi Tarjetas de Costa Rica S.A., detalló Castillo esta mañana. La legislación base para fallar en contra del banco es la...
Yajaira Chung12 años ago26804 min

La nacion. Una resolución del Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía condenó al banco Citi por acoso telefónico al ofrecer insistentemente tarjetas y otros servicios a un cliente, informó esta mañana el abogado Alberto Castillo.

El caso cuya resolución se comunicó ayer fue presentado en octubre del 2009 por Juan Sebastián Elizondo Morales contra Citi Tarjetas de Costa Rica S.A., detalló Castillo esta mañana.

La legislación base para fallar en contra del banco es la Ley General de Telecomunicaciones, la cual prohíbe ese tipo de llamadas porque las considera ventas directas sin autorización.

La resolución del juez establece que las llamadas se realizaron en horas de trabajo, de descanso o de reunión familiar y que interrumpieron esas situaciones.

El banco Citi reconoció esta tarde que hay un proceso en marcha, en respuesta a una consulta mediante correo electrónico. Empero, declinó referirse al caso, aunque sugirió que apelará el fallo del juzgado.

“Citi no acostumbra hacer comentarios sobre procesos legales en curso. Sin embargo, si podemos indicar que estamos revisando el caso con nuestros asesores legales, a fin de establecer las acciones correspondientes. Nuestra prioridad es ofrecer un servicio de excelencia a nuestros clientes y estamos constantemente enfocados en mejorar nuestros procesos y la experiencia de nuestros clientes”, detalló la respuesta enviada por medio de Lisandra Chaves, gerente de mercadeo y relaciones públicas.

En tanto, Castillo explicó que su cliente recibía hasta 20 llamadas por mes para ofrecerle servicios. Decidieron grabar las llamadas, luego de avisarle a quien las hacía, para usarlas luego como evidencia en el proceso legal.

Detalló que pidieron una indemnización de ¢6 millones, pero el juez solo les otorgó ¢1 millón por el daño moral.

Castillo resaltó la importancia de este fallo en el tanto sienta un precedente para evitar el acoso al ofrecer servicios mediante llamadas telefónicas sin consentimiento.

“En Costa Rica los consumidores nos quejamos de ese acoso, pero nadie concreta denuncias; un valiente se animó y ahora hay un camino abierto”, declaró el abogado.

Yajaira Chung

Periodista, MBA. Directora de Grandes Empresas y Revista EKA


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