EmpleoEstilo de VidaTrabajo: ¿Salario emocional, de qué se trata? una experta lo explica

Trabajo: En un mercado laboral altamente competitivo, las empresas buscan la forma de retener su personal, pero no siempre saben cómo hacerlo. Es entonces cuando surge la duda, ¿cómo compensar adecuadamente al personal para que renunciar no sea una opción?, ahí es, cuando surgen los beneficios laborales, y el llamado salario emocional. La experta en derecho laboral, Marcela Acosta, socia de Quatro Legal, aseguró: “Para los empleadores es importante tener presente el costo de los...
Heilyn Gomez6 años ago34367 min

Trabajo: En un mercado laboral altamente competitivo, las empresas buscan la forma de retener su personal, pero no siempre saben cómo hacerlo.

Es entonces cuando surge la duda, ¿cómo compensar adecuadamente al personal para que renunciar no sea una opción?, ahí es, cuando surgen los beneficios laborales, y el llamado salario emocional.

La experta en derecho laboral, Marcela Acosta, socia de Quatro Legal, aseguró:

“Para los empleadores es importante tener presente el costo de los beneficios laborales, pero además valorar su impacto, ya que muchas veces, consideran la implementación de un sistema de compensación en términos de costos y beneficios, esperando recibir un resultado en respuesta a su inversión”, dijo la abogada.

La representante de Quatro Legal mencionó algunos ejemplos que contribuyen a este llamado “salario emocional”:

  • Ofrecer una oportunidad de crecimiento con un camino claro a seguir para alcanzarlo.
  • Cultura de valores en la empresa.
  • Equilibrio entre vida personal y profesional.
  • Horarios flexibles.
  • Recompensas según el mérito (personalizadas).
  • Buen ambiente de trabajo.

Además, hay tendencias, identificadas por expertos, que han logrado volver más placentera la relación laboral, tales como:

  • Ofrecer tecnología de punta.
  • Brindar educación constante, y en todos los niveles de la empresa.
  • Sembrar en cada trabajador el deseo por ser parte de su marca.
  • Implementar la inclusión, no sólo de género o edad, sino también de formas de trabajo y formas de alcanzar resultados.
  • Evaluar equipos de trabajo y no individuos.
  • Trabajo enfocado en resultados/objetivos.

Para Marcela Acosta algo importante de los beneficios anteriores, es que, a diferencia de otros, muchos son discrecionales, el patrono define la inversión que desea hacer, cómo  y cuándo, sin estar obligado a implementarlos todos de una vez, y siendo igualmente efectivos de cara a fidelizar trabajadores

Trabajo: La fórmula ideal.

“Lo importante es considerar un salario económico que remunere correctamente a sus trabajadores y que por supuesto cubra sus necesidades esenciales, pero, además, es conveniente agregarle otras ventajas que inviten al trabajador a pasar de trabajar por obligación, a hacerlo por pasión/convicción”, dijo la experta.

Es importante tener en cuenta, antes de implementar cualquier estrategia de compensación, cumplir con lo básico, según la legislación, por ejemplo:

  • Salario mínimo. En Costa Rica se fija un salario mínimo por ocupación, que debe ser respetado y que brinda un “piso” de remuneración.
  • Cargas sociales. La seguridad social representa a todo patrono una contribución importante.
  • Derechos laborales. El trabajador tiene derecho a vacaciones, aguinaldo y, en caso de ser despedido con responsabilidad, cesantía y preaviso. Los patronos más ordenados y que cuentan con suficiente flujo, tienen reservas creadas para responder por estos extremos laborales. Recordemos, también, que en el caso de la cesantía, algunas compañías crean Asociaciones Solidaristas en donde se administra un porcentaje entregado por la empresa, para su eventual pago.
  • Comisión, participación en las utilidades, ventas o cobros. Tienen naturaleza salarial, pudiendo las partes negociar el porcentaje a reconocer.
  • Salario en especie. Cada vez es más frecuente que los beneficios entregados al trabajador se consideren salario en especie y, en consecuencia, tienen los mismos efectos de ley que el salario entregado en moneda líquida.

Fuente: Quatro Legal.

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Heilyn Gomez

Editora de contenido digital de la Revista EKA. Periodista. Asesora de comunicación y estudiante de derecho.

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