Costa RicaNotas GlobalesRegistro obliga a pagar 2 años juntos de tributo a sociedades

La Nación. Rolando Cordero Carballo intentó el pasado sábado 5 de enero pagar el impuesto a las sociedades del periodo fiscal 2012. Él solo quería cancelar ese periodo para hacer un acta con el objetivo de disolver dicha entidad y, por lo tanto, no tendría que cancelar el impuesto del 2013. No obstante, cuando fue a cancelar le indicaron que tenía que pagar ambos períodos juntos. De esa forma, no puede hacer ningún trámite en...
Yajaira Chung12 años ago77884 min

La Nación. Rolando Cordero Carballo intentó el pasado sábado 5 de enero pagar el impuesto a las sociedades del periodo fiscal 2012.

Él solo quería cancelar ese periodo para hacer un acta con el objetivo de disolver dicha entidad y, por lo tanto, no tendría que cancelar el impuesto del 2013.

No obstante, cuando fue a cancelar le indicaron que tenía que pagar ambos períodos juntos.

De esa forma, no puede hacer ningún trámite en el Registro sobre dicha sociedad porque no ha pagado el periodo 2012, pero tampoco puede hacerlo si no cancela también el 2013, aunque este año ya no vaya a utilizar la sociedad.

Por esta razón presentó un recurso de amparo ante la Sala Constitucional, el 7 de enero pasado.

“Presenté este recurso de amparo por violar mis derechos constitucionales al impedirme pagar los impuestos de sociedades del periodo 2012 según mis posibilidades, y obligarme a pagar el periodo 2013 simultáneamente”, explicó Cordero en el recurso.

Ayer se intentó obtener la explicación del Registro Público, institución que administra este impuesto, sobre esta decisión, pero no fue posible obtener respuesta.

Sin embargo, en un comunicado del 7 de enero pasado, que emitió el Banco de Costa Rica, el cual se encarga de recaudar el tributo, se menciona la disposición de cobrar los dos periodos juntos.

“(…) las personas que a la fecha no han cancelado el tributo correspondiente, el cual entró en vigencia desde el 1 de abril del pasado 2012, deberán pagar los dos periodos con sus intereses correspondientes, no se pueden realizar pagos parciales”, indica la entidad financiera.

El impuesto a las personas jurídicas grava este año con ¢189.700 anuales las sociedades activas y con ¢94.850 las inactivas.

En el periodo 2012 el tributo fue de ¢135.471 para las sociedades activas y de ¢67.735 para las inactivas.

En el periodo 2013, si este tributo no se cancela a tiempo, se enfrenta un cargo por morosidad de ¢54 diarios por cada sociedad activa y de ¢27 colones por las inactivas. En el 2012 cancelaron 220.414 sociedades y en Tributación había inscritas en ese año 575.657.

Yajaira Chung

Periodista, MBA. Directora de Grandes Empresas y Revista EKA


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