El Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica (CCPCR) señala a los nuevos emprendedores o a los propietarios de las pequeñas y medianas empresas que la formalidad con la que realicen su contabilidad determinará el éxito de sus negocios en el 2016.
De acuerdo con Francisco Ovares, Presidente del CCPCR, si un empresario reconoce que no tiene contador o que la contabilidad de su negocio fue deficiente en el último año, se expone a sufrir pérdidas importantes e incluso al cierre de su negocio.
“Si usted es uno de los emprendedores que iniciará este año un nuevo negocio debe tener claro que, independientemente de su profesión o grado de escolaridad, tiene que empaparse de los ingresos y gastos que tendrá su negocio, así como de las obligaciones tributarias que tendrá para cumplir a tiempo con el pago de los impuestos”, indicó Ovares.
Ovares agregó que al 30 de noviembre del 2015 el Ministerio de Hacienda reportó 72 empresas morosas que no pagaron los impuestos respectivos, mientras que 109 repitieron su falta de pago, lo que representa más de ¢750 millones de colones que no llegaron a las arcas del Estado, evidenciando no sólo evasión, sino posibles problemas financieros en muchas de estas empresas.
Añadió que en el 2014 se registraron 3.688 nuevos empresarios, quienes en su momento tuvieron que decidir si iban a desarrollar una actividad mercantil o profesional a título personal, o si desarrollarían una actividad mediante una entidad jurídica como una sociedad anónima.
“En estos casos, es importante consultarle a un contador público si la actividad comercial esta definida y regulada mediante el régimen simplificado, ya que este sistema no establece como obligación una contabilidad formal sino un libro de compras y debe pagar el Impuesto de Renta e Impuesto de Ventas cada tres meses; así como presentar la Declaración Informativa D-151 en el mes de noviembre”, explicó Ovares.
El experto indicó que si el empresario se inclina por una entidad jurídica, debe constituirla ante un notario público, informar el monto del capital social, quiénes integran la junta directiva, el tipo actividad económica que tendrá la empresa y los estatutos que la rigen.
“Dependiendo del negocio que se emprenda, debe inscribirlo ante la Dirección de Tributación Directa mediante el formulario D-140 en renta y ventas, este último es requerido si los productos y servicios que se comercializarán están gravados”, detalló Ovares.
Enrique Rivas Leyva
Periodista. Asesor de comunicación para distintas marcas, tanto a nivel nacional como regional, desarrollando estrategias y contenido editorial, relaciones públicas, comunicación política, marketing y social media. Editor de Contenido Digital de la Revista EKA.