La Nación. Sin importar si una persona es contratada para realizar trabajos por horas o días, el patrón debe costear una póliza de riesgos del trabajo. Esta es la afirmación que señala la Sala Segunda en la sentencia 2012-000560, dado a conocer esta mañana. “’el seguro de protección contra los riesgos del trabajo configura un deber de previsión de todos los patronos para el resguardo de sus trabajadores, aún cuando se trate de trabajos ocasionales...
