Actualmente está circulando una resolución general que rige la declaración informativa de los precios de transferencia. Si se aprueba tal y como está, las empresas obligadas, que básicamente serán las grandes contribuyentes y empresas en zonas francas tienen que presentar a la administración tributaria, una declaración que informe cuáles son sus precios con partes relacionables.
Para hacer esa declaración, se requiere tener un estudio de precios de transferencia, que de acuerdo con la nueva normativa debe presentar no sólo la información de precios verdaderos, sino también incluir información cuantitativa sobre riesgos, activos, inversión y personal.
Este cambio implica modificaciones para el cálculo del precio que se pactaría entre independientes, es decir que de aprobarse, esta resolución va a implicar un mayor control en las operaciones inter grupo de las empresas y por ende el aporte tributario de cada grupo.
De acuerdo con la división de impuestos de BDO Costa Rica el primer paso para los grandes contribuyentes y empresas en zona franca es identificar si están sujetos a las normas de precios de transferencia consultando la jurisprudencia del tema que aplica en Costa Rica. En segundo lugar las empresas para quienes aplique la normativa deberán conocer la Regulación Costarricense: Directriz 20-03 y Decreto 37898-H—Disposiciones sobre Precios de Transferencia.
De aprobarse la normativa las empresas tendrán un plazo definido para presentar la documentación siguiendo los parámetros establecidos. Las empresas que no presenten la documentación pueden exponerse a sanciones o multas.
¿Desea conocer si su empresa está sujeta a las normas de precios de transferencia?
Carlos Camacho, socio de impuestos de BDO Costa Rica impartirá el seminario: ¨La nueva declaración de precios de transferencia en Costa Rica, lo nuevo en precios de transferencia en Costa Rica y el impacto en su empresa¨ el próximo Jueves 8 de diciembre, de 8:00 AM a 12:00 MD, Hotel Barceló San Jose Palacio.
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