¿Aún no presenta la declaración informativa D151? ¡Tiene tiempo hasta el 5 de diciembre!
El Ministerio de Hacienda amplió el plazo para presentar la Declaración Informativa D-151 hasta el 5 de diciembre debido a que el pasado 24 y 25 de noviembre las oficinas de la entidad se mantuvieron cerradas por el paso del Huracán Otto.
De acuerdo con Francisco Ovares, Presidente del Colegio de Contadores, esta declaración debe ser presentada por toda persona física o jurídica, pública o privada, contribuyente o no, que vendió o compró bienes o servicios a otra persona por un monto acumulado anual mayor a los ¢2.500.000.
Así mismo, deberán declararse todas aquellas transacciones acumuladas superiores a los ¢50.000 anuales realizados a una misma persona cuando se trate de la venta o compra de servicios como alquileres, comisiones, servicios profesionales o intereses.
Ovares explicó que esta declaración es diferente a la que se debe presentar para el Impuesto Sobre la Renta, el cual vence el jueves 15 de diciembre.
“La declaración D-151 es meramente informativa, no requiere el pago de ningún impuesto. El contribuyente sólo debe reportar el detalle de las personas con las que tuvo transacciones durante el período fiscal indicando su número de cédula (física y/o jurídica) y el monto pagado o recibido.”, explicó Ovares.
El artículo 83 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios establece que quien no presenta esta declaración informativa u omita información, se expone a una multa de 2% de los ingresos brutos con un mínimo de 10 salarios bases y un máximo de 100.
Esta multa puede ir desde los ¢4.034.000,00 hasta los ¢40.340.000,00.
“Es importante que los contribuyentes que deben presentar el formulario D-151 declaren correctamente los datos solicitados dentro del plazo establecido, ya que la no presentación del documento implica fuertes sanciones. Por ejemplo, si declaro ¢100 millones de renta bruta y no presento la declaración a tiempo, la sanción sería de ¢4 millones, lo que equivale a 10 salarios base”, explicó Ovares.
En el caso en que el contribuyente presente su declaración informativa con errores, podrá ser sancionado con una multa de un 1% de un salario base por cada error.
Enrique Rivas Leyva
Periodista. Asesor de comunicación para distintas marcas, tanto a nivel nacional como regional, desarrollando estrategias y contenido editorial, relaciones públicas, comunicación política, marketing y social media. Editor de Contenido Digital de la Revista EKA.